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Calculadora Impuesto de Sucesiones 2024

Estima cuánto tendrás que pagar al heredar en España según tu comunidad autónoma, el grado de parentesco con el fallecido y el valor de los bienes heredados.

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Impuesto de Sucesiones en España: claves para 2024

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es un tributo cedido a las comunidades autónomas, lo que provoca diferencias enormes según donde residas. Heredar 200.000€ puede costarte desde 0€ en Madrid o Andalucía hasta más de 30.000€ en Cataluña o Asturias.

Grupos de parentesco y reducciones estatales

La ley estatal establece cuatro grupos con reducciones crecientes: el Grupo I (hijos menores de 21 años) tiene la mayor reducción base (47.859€ + 3.990€ por año menor de 21). El Grupo II (cónyuge, hijos ≥21, padres) tiene 15.957€ de reducción. Los grupos III y IV tienen reducciones mucho menores o nulas.

El truco de las comunidades autónomas

Madrid aplica una bonificación del 99% en la cuota para Grupos I y II — prácticamente se paga cero. Andalucía también eliminó el impuesto en 2019 para herencias inferiores a 1.000.000€ entre familiares directos. Otras comunidades como Cataluña o Asturias mantienen tipos elevados.

Preguntas frecuentes sobre el Impuesto de Sucesiones

El plazo general es de 6 meses desde el fallecimiento. Puedes solicitar una prórroga de otros 6 meses antes de que venza el plazo inicial. Pasado ese tiempo, se aplican recargos e intereses de demora. Algunas comunidades permiten el pago fraccionado.
En Madrid existe una bonificación del 99% de la cuota para herederos de Grupo I y II (hijos, cónyuge, padres). En la práctica, se paga prácticamente cero. Lo mismo ocurre en Andalucía para herencias entre familiares directos inferiores a 1.000.000€. Lo relevante es la comunidad donde residía el fallecido, no donde vive el heredero.
Sí. Si la herencia tiene más deudas que activos, o si el impuesto resulta inasumible, puedes renunciar pura y simplemente (sin transmitir a nadie) o a favor de otro heredero. La renuncia debe hacerse ante notario. Si renuncias, no pagas Sucesiones, pero tampoco recibes nada.
Sí. La normativa estatal permite una reducción del 95% sobre el valor de la vivienda habitual (hasta un máximo de 122.606€ por heredero) para el cónyuge, hijos y padres del fallecido, siempre que mantengan la vivienda durante al menos 10 años. Muchas comunidades autónomas amplían esta reducción.